Micelio
Auto9 de julio de 2008

A- de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Rodrigo Uprimny Yepes Y Otro.

Tema · dato duro
Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-336 De 2008. Procedencia Excepcional De La Aclaracion De Las Sentencias Proferidas En Procesos De Control De Constitucionalidad. Contrario A Lo Expuesto Por Los Solicitantes, Esta Corte Considera Que Las Expresiones Sobre Las Cuales Recae La Peticion De Aclaracion No Generan Equivoco, Duda, Ambigüedad O Perplejidad En Su Inteleccion, Pues Su Texto Envia A Las Previsiones De La Sentencia C-521 De 2007 Y En Esta No Se Encuentra Expresamente Establecido Que Los Integrantes De La Pareja Estan Obligados A Concurrir Simultaneamente Ante El Notario. Adicionalmente, La Solicitud De Aclaracion Fundada En La Presunta Conveniencia De Extender Los Efectos Del Articulo 11 Del Decreto 1889 De 1994 A Las Situaciones Juridicas Afectadas Por La Sentencia C-336 De 2008 No Es Procedente, Toda Vez Que Mediante Esta Sentencia La Corte Resolvio Sobre La Exequibilidad De Los Articulos 1º (Parcial) De La Ley 54 De 1990; 47 (Parcial) Y 163 (Parcial) De La Ley 100 De 1993, Sin Que En Aquella Oportunidad El Demandante Hubiera Expresado Su Pretension De Que La Corte Se Pronunciara Sobre La Constitucionalidad Del Articulo 11 Del Decreto 1889 De 1994. Ahora Bien, Frente A Los Eventuales Abusos En Que Puedan Incurrir Los Operadores Juridicos Al Aplicar La Sentencia C-336 De 2008, Se Puede Acudir A Las Acciones Consagradas En El Ordenamiento Juridico Para La Defensa De La Legalidad Objetiva Y De Los Derechos Fundamentales, Mas No A Una Aclaracion En Los Terminos Pretendidos Por Los Solicitantes. Rechazada Por Improcedente
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional de aclaración
Sentencia De Constitucionalidad
  • Improcedencia de aclaración de sentencias
Solicitud De Aclaracion Sentencia
  • No es procedente extender los efectos del artículo 11 del decreto 1889 de 1994 a las situaciones jurídicas afectadas por la sentencia C-336 de 2008
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de aclaración de la Sentencia C-336 de 2008, formulada por los ciudadanos Rodrigo Uprimny Yepes y otro.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede ningún recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.